martes, 6 de marzo de 2012

LA DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN HA SIDO CONDENADA POR UN JUZGADO DE LO CONTENCIOSO DE CASTELLÓN AL PAGO DE 8.972€ A UN VECINO DE VILANOVA D´ALCOLEA POR LA INEXISTENCIA DE UNA SEÑAL DE DESVÍO DE CAMIONES




El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Castellón ha estimado una demanda interpuesta por la Unión de Consumidores de Castellón en representación de un asociado, en reclamación de una indemnización por responsabilidad patrimonial a la Diputación de Castellón.

Y ello, dado que en la madrugada del 25 de enero de 2010, un camión de gran tonelaje que circulaba por el interior de la localidad de Vilanova d´Alcolea, produjo una serie desperfectos en la vivienda propiedad del demandante, debido a la imposibilidad de que un vehículo de esas características pudiera circular normalmente por el casco urbano de Vilanova, por cuanto -en el momento en que se produjeron los hechos- no existía ningún tipo de señalización en el enlace de la carretera CV145 con la CV10, que prohibiera atravesar dicho casco urbano a los camiones de gran tonelaje o dimensiones, a pesar de las solicitudes que en dicho sentido se formularon tanto al Ayuntamiento como a la Diputación de Castellón, permitiéndose -en consecuencia- que un vehículo de esas características circulara por una vía no apta para ello. Disponiendo el artículo 139 del Reglamento General de Circulación que “corresponde al titular de la vía la responsabilidad de su mantenimiento en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales”.

En consecuencia, se condena a la Diputación de Castellón al pago de los daños ocasionados en la vivienda, como resultado del anormal funcionamiento de un servicio público.

Desde la Unión de Consumidores se quiere destacar el hecho de que por parte de la administración se establezcan cauces más directos para la resolución de los problemas que se puedan plantear en el funcionamiento de los servicios públicos, dado que de haberse atendido la queja con una mayor celeridad, no se hubiera producido ningún tipo de daño.

0 comentarios:

Publicar un comentario